Hoy Martes, os queremos dejar una noticia publicada por nuestro colaborador Miguel Delgado (Trabajador Social) en el blog de ADEMM Madrid (Asociación de Esclerosis Múltiple de Madrid): https://ademmadridblog.wordpress.com/
Un blog que acaba de empezar hace muy poquito pero que ya cuenta con artículos muy interesantes y referidos a la Esclerosis Múltiple. Os animamos a que lo visitéis.
En la noticia, encontraréis las bases de la convocatoria que acaba de salir sobre las ayudas para personas con discapacidad (en situación de dificultad o de vulnerabilidad social) y que se pueden pedir a nivel de la Comunidad de Madrid.
Aquí os dejamos la noticia con toda la información:
En el día de ayer y por un año más, salvo por el parón que se hizo en el año 2012, se han convocado en Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, las “Ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social”, o lo que popularmente se han denominado “Ayudas Individuales”.
Sabemos que la comparativa siempre resulta odiosa, pero poco a poco el presupuesto destinado a estas ayudas parece ir aumentando. No obstante, aún queda mucho para igualar los importes destinados hace 5 años.
AÑO | IMPORTE |
2011 | 1.523.071 € |
2012 | No convocadas |
2013 | 50.000 € |
2014 | 100.000 € |
2015 | 140.000 € |
2016 | 290.000 € |
Nota: De los 290.000 € para este año 2016; 36.000 € irán destinados a las ayudas para desplazamientos en taxi y 254.000 € para el resto de ayuda.
Para este año 2016, se sigue incluyendo la “coletilla” de “en situación de dificultad o vulnerabilidad social” (la cual no existió hasta el año 2013). Tal y como se indica en la exposición de motivos de la propia orden de convocatoria “… se ha considerado restringirla a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social, con el fin de favorecer la integración y la autonomía personal, proporcionando recursos económicos a personas con discapacidad que carezcan de medios económicos suficientes para cubrir ciertas necesidades derivadas de la discapacidad y en las que concurran factores de riesgo…”.
Así, a priori, valoramos como razonable y lógico el planteamiento expuesto (reparto eficaz de recursos destinados a solventar situaciones de mayor desigualdad). No obstante, desde ADEMM lamentamos que dicho planteamiento junto con tan reducido presupuesto (destinado a todas las personas de Comunidad de Madrid), suponga la imposibilidad de acceso a estas ayudas de muchísimas personas por incumplimiento de requisitos económicos (superan ingresos). Personas que encajarían perfectamente en la definición planteada anteriormente: “… personas con discapacidad que carezcan de medios económicos suficientes para cubrir ciertas necesidades derivadas de la discapacidad y en las que concurran factores de riesgo…”.
En función a solicitudes de información que hemos recibido con anterioridad a la convocatoria, matizar que:
- NO SE CONTEMPLAN las ayudas para la adaptación funcional para la vivienda (no lo hacen desde 2013).
- NO SE CONTEMPLAN las ayudas para transporte en taxi para “actividades de ocio y tiempo libre” (no lo hacen desde 2013). Solo para traslados a lugar de trabajo o centro de formación reglada.
- Las ayudas para ADAPTACIÓN DEL VEHÍCULO van destinadas a la adaptación para facilitar la conducción de la propia persona con discapacidad.
A continuación os planteamos un breve resumen en el que exponemos toda la información al respecto (requisitos, tipos de ayudas, cuantías, justificación…).
Ante cualquier duda, podéis dirigiros a nuestro Departamento de Trabajo Social a través de nuestros datos de contacto y recordad que el plazo para la solicitud finaliza el 9 de marzo.
AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA AUTONOMIA PERSONAL Y LA PROMOCION DE LA ACCESIBILIDAD A PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN SITUACIÓN DE DIFICULTAD O VULNERABILIDAD SOCIAL PARA EL EJERCICIO 2016
TIPOS DE AYUDA E IMPORTES MÁXIMOS:
- Ayudas a la movilidad para transporte en taxi:
- Asistir al centro de trabajo: 1.375 € al año (125 € x 11 meses).
- Asistir a cursos de formación reglada: 1.250 € al año (125 € x 10 meses).
- Adaptación de vehículos a motor: 1.000 €
- Adquisición de ayudas técnicas (productos de apoyo):
- Adquisición de comunicadores: 1.000 €
- Adquisición audífonos (mayores de 16 años): 1.000 € por cada uno.
- Adquisición sistema de alarma para viviendas para personas sordas: 900 €.
- Adquisición productos de apoyo (no contemplados por el sistema sanitario) como camas articuladas, colchones antiescaras, elevadores de bañera … 1.350 €.
PLAZO
El plazo para la presentación de solicitudes será hasta el 9 de marzo de 2016. Las propuestas de concesión se efectuarán hasta agotar los créditos disponibles.
IMPORTANTE: Se tendrá en cuenta el orden cronológico de entrada de las solicitudes.
REQUISITOS GENERALES
- Ser español o extranjero en los términos contemplados en el Art. 10.2 de la Ley 11/2003, de 27 de Marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
- Estar empadronado en la Comunidad de Madrid.
- Tener reconocido un grado de discapacidad de al menos un 33 %.
- Que la Discapacidad reconocida esté relacionada con la ayuda solicitada.
- No tener más de 65 años a 31 de diciembre de 2016.
- Acreditar situación de dificultad o vulnerabilidad social (Anexo 5)
- Cuando se trate de personas, con discapacidad, mayores de edad, haber tenido ingresos personales brutos en el penúltimo año anterior (2014) que no supere la cantidad de: 11.182,71 €.
- Cuando se trate de personas con discapacidad menor de edad o casada, o en unión de hecho, haber tenido ingresos de la unidad familiar brutos en el penúltimo año anterior (2014) que no supere la cantidad de: 18.637,85 €.
- No tener deudas con la Comunidad de Madrid y estar al corriente en las obligaciones tributarias y de la seguridad social.
REQUISITOS SEGÚN TIPO DE AYUDA SOLICITADA:
- Ayudas a la movilidad para desplazamientos en taxi:
- Los desplazamientos se realizarán exclusivamente dentro de Comunidad de Madrid.
- Tener reconocido en el certificado de discapacidad baremo de movilidad positivo.
- No tener reconocido beneficio para transporte en taxi por convenio laboral, beca o cualquier otra ayuda reglamentada.
- No disponer de plaza pública en la Red de Centros de Atención a Personas con Discapacidad.
- No haber recibido ayuda para la adquisición y/o adaptación de vehículo en los 5 años anteriores.
- Ayudas para la adaptación de vehículo:
- Imposibilidad para acceder a transporte público (baremo de movilidad positivo), ser titular del vehículo y estar en posesión de permiso de conducir que indique la adaptación que precise.
- No haber percibido ayuda pública para el mismo concepto en los 7 años anteriores.
- Adquisición de ayudas técnicas (productos de apoyo):
- No haber percibido dicha ayuda en los 5 años anteriores.
TRAMITACIÓN:
- Se presentarán en el Registro y Oficina de Atención al Ciudadano de la Consejería de Asuntos Sociales, situada en la C/ O’Donnell 50.
- Registros de Comunidad de Madrid, Administración General o entidades locales que tengan firmado convenio de “Ventanilla Única”. (012).
DOCUMENTACION:
- Solicitud.
- Fotocopia del DNI compulsada o autorización para su consulta.
- Certificado o volante de empadronamiento de la unidad familiar.
- Justificantes de los ingresos económicos correspondientes al penúltimo ejercicio anterior (2014) o autorización para su consulta (Anexo 4).
- Presupuesto del año 2016 del coste de la acción para la que se solicita la ayuda (excepto para ayuda taxi).
- Fotocopia de los datos bancarios (Nº Cuenta).
- Anexo 2 (Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para la solicitud de ayudas).
- Anexo 5.
- Para ayudas para taxi: copia compulsada de contrato laboral o documento acreditativo de matriculación en formación reglada, y acreditación de no tener reconocida dicha ayuda por convenio colectivo, beca o cualquier otra ayuda reglamentada.
Nota: Toda la documentación podréis descargarla PINCHANDO AQUÍ.
PAGO Y JUSTIFICACION
El pago de las ayudas se realizará en un pago único anticipado.
Los beneficiarios están obligados a justificar la cantidad recibida, aportando las facturas originales de la realización del gasto efectuado por la acción para las que se le concedió la ayuda. Para ello, se presentará esta documentación en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, situada en la C/ O’Donnell 50.
Se estable como plazo de justificación, un mes a contar desde la fecha en la que el interesado haya recibido la cantidad concedida, exceptuando la ayuda para taxis que se establece fecha límite 15 enero de 2017; y que deberá presentar los recibos debidamente cumplimentados.
Fuente de la información: Página oficial Comunidad de Madrid. Consejería de Políticas Sociales y Familia.
Fuente de la imagen:
Fuente post original: https://ademmadridblog.wordpress.com/2016/02/16/convocadas-ayudas-para-personas-con-discapacidad-en-situacion-de-dificultad-o-vulnerabilidad-social-en-comunidad-de-madrid/