Daño Cerebral: «Guía de Familias».

Cómo ante cualquier patología que podamos sufrir las personas, además del/la propio/-a afectado/-a, las familias sufrirán las consecuencias de modo directo dado a su proximidad, y al tener que ejercer en muchas ocasiones como cuidadores principales.

Es una situación bastante integrada y común… Asumimos que una madre/padre, hija/o, hermana/o, esposa/o… (estadíticamente suelen ser más mujeres que hombres quienes ejercen como cuidadores principales). Pero en multitud de ocasiones, se obvia que son personas que no cuentan con los recursos (formativos, o de experiencia) para abordar dicha situación de modo seguro (tanto para el/la afectado/a, como para ellos mismos).

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Es por ello que hoy queremos compartir con vosotros la «Guía de Familias» elaborada por FEDACE (Federación Española de Daño Cerebral).

Se trata de un documento que trata todos aquellos aspectos de interés para las familias con Daño Cerebral… Desde una breve introducción, presentación de profesionales/disciplinas que pueden contribuir a la rehabilitación… hasta aspectos más concretos dirigidos a la rehabilitación de la persona.

La guía completa la podéis consultar pinchando aquí.

Esperando que la información os resulte de interés, nos despedimos.

Un saludo y buen comienzo de semana.

Fuente de la imagen: http://www.alenleon.org/imagenes/cabeza.jpg

Artículo: FUNCIÓN DE LAS VÍAS EFERENTES

Esta vez, os queremos dejar un artículo muy completo escrito por profesionales que se dedican y llevan muchos años trabajando en el campo de la rehabilitación neurológica.

Un artículo, conciso, claro y a la vez muy completo de la FUNCIÓN DE LAS VÍAS EFERENTES.

Es un placer poder publicar este artículo. Muchas gracias compañeras por vuestra colaboración.


 

FUNCIÓN DE LAS VÍAS EFERENTES.

Las vías motóricas o eferentes se dividen en:

Mediales:

Retículoespinal.

                        -Vestíbuloespinal.

Laterales:

-Rubroespinal.

                        -Corticoespinal.

Además, hay otras dos vías que están en estudio que son la tectoespinal y la olivoespinal.

Dibujo5

1. Vía retículoespinal:

a.Retículoespinal medial o pontino (formación reticular): facilita a los músculos antigravitatorios.

   b.Retículoespinal lateralo bulbar (formación bulbar): facilita a los músculos flexores.

Estos dos tractos actúan como antagonistas, siendo el pontino excitador y el bulbar inhibidor de las motoneuronas alfa y gamma.

El haz pontino es excitatorio de los músculos antigravitarios y el haz bulbar inhibe la activación de los músculos antigravitarios, por lo que nos aporta la base para el tono postural, por tanto en condiciones normales los músculos del cuerpo no están anormalmente tensos.

Además, como son controlados por áreas superiores del encéfalo se puede anular el haz bulbar para poder ponerse en bipedestación o en determinadas áreas corporales para poder realizar ciertas actividades, es decir es el responsable del ajuste postural anticipatorio (Feed-forward) y del control de los automatismos del movimiento voluntario gracias a sus eferencias de otras vías.

Además, estimula el Sistema Ascendente Reticular de alarma (S.A.R.A.) y el ciclo vigilia sueño. Las zonas diana para conseguir mayor acceso a estas vías para el tratamiento son: tronco inferior, cintura pélvica, miembros inferiores (mmii), tobillo, muñecas y cara.

  1. Vestíbulo espinal (bulbo raquídeo):

a.Vestíbulo espinal medial: activa cuello y parte superior de tronco, excitando e inhibiendo para posicionar correctamente la cabeza.

b.Vestíbulo espinal lateral: activa la musculatura antigravitatoria e inhibe los flexores, se encarga de las reacciones de balance, músculos oculares, arcos de los pies y mano.

Para estimular esta vía de forma específica, lo podemos realizar con movimiento de columna y cabeza, trabajando los pies como entrada sensitiva y como actividad buscando extensión y monopedestación. Si se afecta la vía vestibular el paciente está totalmente con un patrón flexor.

3. Vía rubroespinal (mesencéfalo):

Facilita la musculatura flexora sobretodo de tronco superior, cintura escapular, miembros superiores y caderas.

4. Vía corticoespinal (circunvolución precentral):

a.Medial: controla musculatura del cuello, hombros y tronco superior.

      b.Lateral: controla musculatura de la boca, manos y pies.

Para estimular esta vía, se puede trabajar tanto el pie como la mano facilitando la activación de los intrínsecos y buscando movimiento selectivos, reintroduciendo la mano en el esquema corporal.

Si se afecta la vía corticoespinal, aparece un patrón total siempre que busques un movimiento de la mano, ya que no consigue inhibir la sinergia del movimiento y a la vez no permite que los antagonistas controlen el movimiento.

5.Via tectoespinal:

Se encarga de los movimientos posturales reflejos en respuesta a estímulos visuales.

6.Via olivoespinal:

Coordinación motora entre  cabeza y miembros superiores.

Autoras del artículo:

Paula Bosch Olías. Fisioterapeuta y Terapeuta Ocupacional. paula_bosch_olias@hotmail.com 

Marina Furtado Camargo. Fisioterapeuta. fcmarina@hotmail.com

Noelia Díaz López. Fisioterapeuta. noelia.diazlopez86@gmail.com 

 

Novedades referidas al Alzheimer.

Solemos tener aceptado el dinamismo que caracteriza la realidad en la que nos manejamos diariamente, entendiendo de tal modo el ritmo vertiginoso en el que se producen novedades y/o avances en aquellos aspectos que nos ocupan (aquí, en concreto, referido a la neuro-rehabilitación).

Es por ello que nos ha resultado «curiosa» la noticia, según la cual, científicos del Hospital universitario de Zúrich y la Universidad Médica de Viena han desarrollado un estudio cuyos «…resultados apoyan la teoría que algunos procedimientos médicos pueden transmitir las «semillas» de la enfermedad del Alzheimer de persona a persona…» Esta transmisión quedaría supeditada a procedimientos quirúrgicos que implican el uso de tejido humano donado. Para consultar la noticia completa pincha aquí.

Dependiendo del medio en que nos encontremos la noticia, el titular podrá ser más o menos alarmante (hemos encontrado alguno en el que se hacía referencia a «contagio»). Consideramos por ello que debemos ser responsables a la hora de comunicar o facilitar información sin necesidad de recurrir a sensacionalismos, a fin de evitar una alarma innecesaria.

Por esa misma responsabilidad, compartimos la noticia con tod@s vosotr@s con el objetivo de difusión y apoyando la reivindicación final que plantea el estudio desarrollado.

Un saludo y buen comienzo de semana.

Fuente de la imagen: http://static1.squarespace.com/static/54fde436e4b02fcfa77268d3/t/562d5b39e4b03f1a97396d4e/1445813052438/

 

 

Sistema de protección: Incapacidad legal.

En algunos casos, dada la evolución de patología neurológica, pueden surgir (y permanecer) secuelas que dificulten y/o imposibiliten a una persona gobernarse por sí misma, ya sea como persona o de sus propios bienes.

Ante esta posible situación, la normativa (Código Civil y Ley de Enjuiciamiento Civil) desarrollan el procedimiento sobre INCAPACITACIÓN LEGAL de una persona.

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Antes de nada, me gustaría señalar dos aspectos:

  • La incapacidad legal de una persona solo será reconocida mediante la existencia de una sentencia judicial firme que así lo establezca y que será inscrita en el Registro Civil. Por tanto nunca será considerado como “incapaz” a una persona que tenga otros reconocimientos como el de “discapacidad” o “incapacidad laboral”.
  • La incapacidad legal de una persona se concibe como un proceso de protección cuya extensión será determinada por el juez, inhabilitando de tal modo a la persona para celebrar cualquier tipo de acto jurídico que se establezca en la sentencia judicial (contratación, adquisición/compra de bienes, testamentos…). Es por ello que se trata de un proceso de importantes implicaciones tanto para el presunto incapaz como para quién ejerza la responsabilidad de ser tutor/curador.

Según el artículo 757 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el inicio de una incapacitación legal podrá ser promovido por la propia persona o familiares más directos (cónyuge o pareja de hecho, descendientes, ascendientes y/o hermanos). No obstante, también se establece que cualquier persona puede comunicar al Ministerio Fiscal los hechos que consideren oportunos y que motiven dicha incapacitación; así como que, tanto autoridades como funcionarios públicos, por razón de su cargo, en caso de ser conocedores de causas que pudieran motivar una incapacidad, deberán comunicarlo al Fiscal.

Como se indicaba anteriormente, si finalmente un juez determina la incapacidad legal de una persona, este hecho deberá reflejarse en Sentencia firme e inscribirse en el Registro Civil. Dicha sentencia especificará los límites de la incapacitación (actos para los que la persona no podrá obrar por si misma), el régimen de guarda o tutela al que queda sometido, la necesidad de internamiento si fuera necesaria; así como quién ejercerá de tutor/curador (si se solicitó su nombramiento).

Respecto a los límites de la incapacitación, indicar que existen dos posibles figuras de representación de una persona incapacitada: el tutor y/o el curador.

La tutela y la curatela son “instituciones” cuyo objeto es la guarda y protección de personas que no tienen capacidad de autogobierno (parcial o total); y que puede referirse a la persona, a su patrimonio o ambos.  La diferencia entre tutor y curador queda resuelta en función a la pérdida de autogobierno. El tutor será el representante de la persona en el ejercicio de todos sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones; mientras que el curador “asistirá” o “complementará” la capacidad de la persona en aquellos actos que hayan quedado especificados en la sentencia judicial.

En el Código Civil (artículo 234) se establece un orden preferente para la designación de un tutor: el desinado por el propio tutelado (artículo 223), cónyuge (o pareja de hecho) que conviva con la persona, padres… No obstante, el Juez podrá designar como tutor a la persona física o jurídica que estime más oportuno en función al superior interés del tutelado.

Dado que es un procedimiento destinado a proteger los intereses de la persona tutelada, se han determinado unos mecanismos de control y seguimiento, que establecen que la persona nombrada como tutor deberá:

  • Presentar un inventario de todos los bienes y derechos del tutelado en un plazo de 60 días desde su nombramiento como tutor.
  • Presentar un informe anual que determine la situación personal y del patrimonio de la persona tutelada.
  • Rendir cuentas al Ministerio Fiscal en el plazo de tres meses desde que cese de su cargo.

Las funciones del tutor vienen desarrolladas en el Código Civil, en sus artículos 267, 268, 269 y 270. Dichas funciones establecen que el tutor deberá velar por los intereses del tutelado, proporcionarle alimento, promover la recuperación de sus capacidades así como el administrar sus bienes como “un buen padre de familia”.

Como se indicaba anteriormente, el Juez determinará/nombrará a una persona física o jurídica (agencia de tutela) como tutor de la persona, en función a la idoneidad/intereses de la persona incapacitada. Cierto es que dicho nombramiento supone un compromiso serio y de larga duración a fin de garantizar y asegurar la estabilidad de la persona tutelada. No obstante, en el caso de las personas físicas nombradas como tutores, se entiende perfectamente la aparición de circunstancias sobrevenidas que imposibiliten o dificulten en exceso el cumplimiento de las obligaciones establecidas. Es por ello que el Código Civil en sus artículos 217, 251, 252, 253, 255, 256 y 257 determina las causas que pueden motivar la “excusa del cargo” y que supondría el nombramiento de un nuevo tutor.

Con esta presentación, lo que he pretendido es acercaros, de modo general, el procedimiento que rige la incapacitación legal de una persona.

Se trata realmente de un procedimiento “extremo”, ya que supondrá la “inhabilitación” de una persona para poder actuar de modo autónomo e independiente en función a sus inquietudes y decisiones. Es por ello, que cualquier solicitud de incapacitación ha de estar suficientemente motivada, y será siempre un Juez quién realmente determine su aplicación o no.

Pese a que el concepto y sus consecuencias puedan resultar bastante extremos, debemos siempre entenderlo como el sistema de protección que es; destinado a proteger los intereses y bienes de la persona, y a garantizar la cobertura de atención de sus necesidades personales.

En caso de requerir cualquier tipo de aclaración, no dudéis en contactar conmigo.

Esperando que la información os resulte de interés, me despido.

Un saludo y muy buena tarde.

Fuente de la imagen: 

http://centroatrade.com/wp-content/uploads/2016/01/incapacitacion.jpg

Atentamente:

Miguel Delgado.

Trabajador Social.

@migueld1981

Posibles alternativas en el tratamiento de la Esclerosis Múltiple.

Hoy compartimos con vosotr@s una noticia en la que se presentan los beneficios en Esclerosis Múltiple gracias a un tratamiento, inicialmente, oncológico

La idea es proporcionar quimioterapia que elimine el sistema inmunológico disfuncional, y posteriorme transplantar células madre que regeneren un sistema inmune «previo a la EM«.

«….El procedimiento -que lleva el nombre de trasplante autólogo de células madre hematopoyéticas (HSCT, por sus siglas en inglés), ya se ha aplicado en 20 pacientes con esclerosis múltiple en el Hospital Real Hallamshire, en Sheffield, Reino Unido…»

Podeis leer la noticia completa pinchando aqui.

Un saludo y buen comienzo de semana.

«Alzhup»: una novedosa aplicación para Alzheimer

«Alzhup» es una aplicación que surgió gracias al trabajo del equipo Reta Al Alzheimer S.L. El objetivo era claro, «ofrecer un servicio de valor para las personas que viven con Alzheimer, sus familiares y su entorno«.

Esta plataforma ha sido la ganadora hace unos días, de la I edición de premios ‘The Venture‘ en España.

La aplicación, ofrece varias opciones, como un banco de recuerdos personal, terapias validadas, gamificación… y está diseñado tanto para pacientes, como para familiares y terapeutas.

«Alzhup» permite la creación de un banco de recuerdos personalizado, que incluye fotos, vídeos o sonidos para aplicar a las terapias individuales. Además, todas las terapias implementadas están validadas a nivel científico.

La aplicación, contiene «Alzhup Tools«, un set de herramientas independientes de Alzhup Service, que incluye entre otros, un test de prediagnóstico, y otras herramientas y tests diseñadas para controlar la evolución. Alzhup Tools, está disponible para iOS & Android.

Aquí te dejamos un pequeño vídeo explicativo de esta aplicación:

 

Fuentes noticias:

http://www.infosalus.com/mayores/noticia-plataforma-alzhup-enfermos-alzheimer-ganadora-edicion-premios-the-venture-espana-20160119165655.html

http://www.elperiodico.com/es/noticias/tecnologia/nace-alzhup-app-para-combatir-alzheimer-3542766

http://www.alzhup.com/Reta/es/alzhup-tools/

 

 

 

Investigación y productos de apoyo para el Parkinson.

Es habitual encontrar noticias que versan sobre la investigación acerca de patologías de afectación neurológica, siendo el campo de abordaje de lo más variopinto; desde la investigación sobre la causas, investigación sobre detección precoz, investigación sobre la cura…

Indudablemente, todos estos estudios resultan primordiales; no obstante, nos encontramos que hasta alcanzar algún tipo de resultado favorable (al cual, no siempre se llega), las personas afectadas siguen sufriendo la evolución de la patología y, por ende, de sus secuelas. Sufriendo con ello una importante merma en la calidad de vida dadas las dificultades que se encuentran para el desempeño de sus actividades de la vida diaria.

Es por ello, que hoy queremos compartir con tod@s vosotr@s esta noticia (PINCHA AQUÍ)en la que se hace referencia a un «guante» denominado GyroGlove.

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Dicho dispositivo ha sido diseñado por la compañía Gyrogear y en colaboración con el «Imperial College de Londres», a fin de contrarrestar los movimiento involuntarios (mano) ocasionados por el Parkinson.

A través de giroscopios, se realiza resistencia instantánea y de modo proporcional al movimiento de la mano amortiguando de tal modo el temblor de la mano; según explica  Ong Faii (creador y fundador de Gyrogear).

Se trata de un prototipo aún en estudio, que prevén poder sacarlo al mercado para finales del presente año, por ello confiamos que llegue a buen puerto y contribuya finalmente a mejorar la situación de las personas afectadas.

Esperamos que la información resulte de vuestro interés.

Un saludo y feliz lunes.

Fuente de la imagen: https://www.unocero.com/wp-content/uploads/2016/01/guante.jpg

Nuevo artículo: «Prevención de caídas en pacientes con Demencia»

La segunda causa de muerte en el mundo, por lesiones accidentales, son las caídas, según datos de la OMS. Se calcula que unas 424000 personas mueren al año a causa de una caída y la población que más caídas mortales sufre son los mayores de 65 años. En cuanto a porcentajes se estima que el 60% de las personas con deterioro cognitivo caen el año y el 80% en los casos de demencia.

Las características de la población española, que ha venido envejeciendo en las últimas décadas, nos presenta un panorama de aproximadamente 7,5 millones de personas mayores de 64 años, es decir, más de un 16% de la población se ve afectada por este problema .Además representa un problema para la salud pública debido a sus consecuencias médicas, psicológicas, sociales y económicas.

Como sabemos, existen una serie de cambios asociados al envejecimiento que predisponen a las caídas:

• Disminución de la agudeza visual.
• Degeneración de estructuras articulares.
• Disminución de la sensibilidad propioceptiva.
• Enlentecimiento (velocidad de procesamiento y tiempo de reacción).
• Problemas de equilibrio.
• Debilitamiento muscular.
• Deterioro cognitivo.
• Alteración de la atención.
• Alteración de las funciones ejecutivas.
• Problemas conductuales (inhibición principalmente en algunos casos).

 

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En el caso de pacientes con demencia, la causa de las caídas es difícil de determinar y, a menudo, su etiología es multifactorial; asi mismo ocurre en los casos de deterioro cognitivo. La propia patología supone un factor de riesgo.

Por ello, son importantes, los programas de prevención que pueden incluir varios componentes para identificar y modificar riesgo tales como:

1. Intervenciones clínicas para identificar factores de riesgo, como el examen y modificación de la medicación.
2. Evaluación del domicilio y modificación del entorno.
3. Prescripción de dispositivos asistenciales apropiados para paliar los problemas físicos y sensoriales.
4. Fortalecimiento muscular y ejercicios de equilibrio prescritos por profesionales sanitarios con formación adecuada.
5. Programas grupales comunitarios que pueden incorporar componentes como la educación para prevenir las caídas así como ejercicios de equilibrio dinámico y fortalecimiento muscular.
6. Uso de protectores de la cadera en personas con riesgo de fractura de la cadera en caso de caída.

Los terapeutas ocupacionales son expertos evaluando tanto al individuo como el ambiente y el desempeño de las actividades de la vida diaria. Desde Terapia Ocupacional se trabaja tanto con el paciente como con sus familiares o cuidador primario para valorar las limitaciones del individuo y el entorno dentro del hogar a fin de detectar riesgos que puedan provocar caídas.

Para ello se requiere una serie de acciones que tienen como objetivo mejorar las habilidades físicas y destrezas a la hora de realizar las actividades de la vida diaria con seguridad.

Es imprescindible trabajar en equipo y diseñar un plan de tratamiento físico individualizado, en el que se incluyan ejercicios de equilibrio, fuerza, coordinación, resistencia física y capacidad de marcha sin olvidar el área cognitiva (atención, funciones ejecutivas y conducta).

En cuanto al cuidado en el hogar, a grandes rasgos y generalizando, algunas de las recomendaciones son:

a) Tener una cama baja, de manera que los pies toquen el suelo cuando se sienten al borde de ésta y minimizar los peligros por tropiezos (retirar cables que pueda haber por la casa, retirar las alfombras, evitar mascotas pequeñas, eliminar escalones, procurar una adecuada iluminación) y en el caso del baño se recomienda el uso de pasamanos en bañera o ducha así como en el inodoro y utilización de tapete antideslizante en la bañera o ducha.
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b) Se invita a organizar la casa de manera que las cosas sean fáciles de alcanzar, tener el teléfono accesible, evitar escaleras, ubicar la alcoba en planta baja y disponer de baño en la misma planta.
caídas 3Prevenir caídas y aliviar el temor de caer son intervenciones que promuevan la seguridad y el bienestar del adulto mayor, sobre todo en casos de demencia o deterioro cognitivo, y la terapia ocupacional es una disciplina que trabaja directamente con este colectivo para procurar su máxima participación en las actividades de la vida diaria de manera segura así como potenciar un enlentecimiento del deterioro cognitivo, factores ambos, esenciales en el tema que nos ocupa.

Para finalizar, queremos mencionar que en el año 2008 la Academia Americana de Neurología (AAN) elaboró una guía de valoración del riesgo de caídas en distintos tipos de pacientes neurológicos, entre los que se encuentran los que padecen demencia.

Pueden acceder a ella en este link: https://www.aan.com/Guidelines/Home/GetGuidelineContent/265

AUTORES del ARTÍCULO:

Patricia Madurga Mena, Terapeuta Ocupacional.
Héctor Robles Santalla, Terapeuta Ocupacional. Máster en Neuropsicología Clínica.
Email: amaran.to@hotmail.com
Facebook: Amaranto Terapia Ocupacional
http://www.amarantoterapiaocupacional.com

BIBLIOGRAFÍA:
http://www.neurology.org/content/70/6/473.full.html

Haz clic para acceder a 0044.pdf

http://www.hipocampo.org/documentos/doc0003.asp
http://www.elsevier.es/es-revista-revista-espanola-geriatria-gerontologia-124-articulo-deterioro-cognitivo-riesgo-caida-el-90040518

Haz clic para acceder a 62v10n76a90002881pdf001.pdf

Fuente de las imágenes:
deterioroeneladultomayorysuimpac.weebly.com
http://www.terapia-ocupacional.com
agrega.educacion.es

Parkinson, y como tratarlo a través de tecnología de células encapsuladas.

Empezamos el año, y se continua avanzando en la investigación para el tratamiento de patologías neurodegenerativas!!

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Hoy compartimos con tod@s vosotr@s una noticia que hace referencia a la firma de un acuerdo entre la farmacéutica TAKEDA y la compañía biotecnológica NsGene, mediante el cual desarrollarán tecnología de células encapsuladas para el tratamiento del Parkinson, a través de la libercación de forma controlada de un factor neurotrófico en las zonas del cerebro que han sido afectadas.

Podéis consultar la noticia completa pinchando aquí.

Esperamos que la información sea de vuestro interés.

Un saludo y feliz lunes.

Fuente de la imagen: http://www.2ti.es/wp-content/uploads/terapia-parkinson-c%C3%A9lulas-encapsuladas.jpg

ÚLTIMAS PLAZAS para el curso: «INTERVENCIÓN EN MANO NEUROLÓGICA. NIVEL BÁSICO.» 4ª Edición. Enero 2016

ÚLTIMA SEMANA DE INSCRIPCIÓN para el curso: «Intervención en Mano Neurológica. Nivel Básico«.

¿Todavía no has tenido tiempo de inscribirte? ¿Te han hablado bien pero todavía no te has decidido a realizar la inscripción?

Aún estás a tiempo!!! Esta semana cerramos el plazo de inscripciones, nos quedan sólo las ÚLTIMAS PLAZAS por cubrir!! Así que no lo pienses más y anímate!! Comenzamos el día 18 de Enero nuestra 4ª Edición del curso!!

Además, incorporamos como NOVEDAD la acreditación por la formación continuada del Sistema Nacional de Salud que tenemos ya solicitada.

Te recomendamos que lo realices si buscas un CURSO ONLINE con las siguientes características:

  • Curso online PRÁCTICO, está bien la teoría pero fundamentalmente queremos que puedas aplicarlo en tu trabajo.
  • Realmente APRENDES sobre práctica clínica.
  • No necesitas DESPLAZARTE, llevando el ritmo que tu puedas.

apertura mano

Hemos recibido el feed-back de alumnas que han participado en esta edición y en ediciones anteriores y con su permiso ,compartimos algunas de las opiniones reales sobre el curso, aunque de forma anónima.

  • Una vez que hemos terminado el curso puedo decir que es el mejor curso online que he realizado. Me ha servido mucho para ponerlo en práctica en mi trabajo.
  • Me ha parecido un curso muy interesante, con contenidos claros y directos.
  • Muy completa toda la información expuesta.
  • El curso ha estado cargado en el buen sentido, con mucha práctica y conocimientos muy claros.
  • Buena atención y organización por parte de las formadoras.
  • Curso útil y muy completo.
  • Me ha parecido muy interesante, el contenido muy práctico y cumplía mis expectativas. Muy bien organizado todo, era la primera vez que hacía un curso con este tipo de organización online y me ha sorprendido gratamente.

“Intervención en mano neurológica. Nivel básico” tendrá lugar del 18 de enero al 28 de febrero de 2016.

El curso incluye formación teórica, y  práctica impartida vía e-learning.

El objetivo fundamental es que conozcáis y podáis aplicar los conocimientos en vuestra práctica clínica diaria. Para ello, utilizaremos las nuevas tecnologías, y también contaremos con una plataforma para poder realizar la parte presencial. De esta forma, nos permitirá que lo vivenciéis acortando cualquier distancia.

Cuenta con 150 horas de formación certificadas, organizadas del 18 de enero al 28  de febrero, siendo el 13 de febrero (Sábado) de forma presencial a través de Vídeo-Conferencia. Está destinado tanto a Terapeutas Ocupacionales como a Fisioterapeutas, pudiendo también acceder los estudiantes del último curso de estas disciplinas.

El precio del mismo serán de 150 euros.

Aquí os dejamos el dossier del curso, con toda la información detallada, el temario del mismo y el formulario de inscripción:

Dossier curso: dossier curso mano enero-febrero

Temario del curso: TEMARIO DEL CURSO

Formulario de inscripción: FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN

Método de pago: instrucciones para la reserva de matrícula enero

Una vez rellenado el formulario sólo nos lo tenéis que enviar a rhbneuromad@gmail.com