CONVOCADAS AYUDAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (en situación de dificultad o vulnerabilidad social) EN COMUNIDAD DE MADRID.

Por  tercer año consecutivo, tras el parón realizado en el año 2012, Consejería de Asuntos Sociales de Comunidad de Madrid, ha convocado las denominadas “Ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social”.

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Para este año 2015, se sigue incluyendo la “coletilla” de “en situación de dificultad  o vulnerabilidad social” (la cual no existió hasta el año 2013). Ello obedece a la merma en el presupuesto destinado para tratar de cubrir todas las solicitudes que se reciban; el cual ha sido fijado en 140.000 € para todas las personas con discapacidad de Comunidad de Madrid.(36.000 € destinados a las ayudas para desplazamientos en taxi y 104.000 € para el resto de ayudas). Igualmente, han sido eliminados algunos tipos de ayudas que anteriormente se contemplaban, como ayuda para desplazamiento en taxi destinadas a actividades de ocio y tiempo libre, y ayuda para la adquisición de vehículo.

A fin de realizar el reparto de tan escaso presupuesto, se han fijado una serie de requisitos con el fin de garantizar que lleguen a aquellas personas que se encuentren en situación de mayor dificultad; lo cual, a priori, se valora como positivo. No obstante, no se puede dejar de reconocer que al destinar un importe tan reducido, se excluyen de optar a apoyo institucional  a muchas personas con discapacidad que deben abordar dificultades en su día a día.

A continuación, os presentamos un resumen de la convocatoria realizado por la Asociación de Esclerosis Múltiple de Madrid (ADEMM).

TIPOS DE AYUDA E IMPORTES MÁXIMOS:

  • Ayudas a la movilidad para transporte en taxi:
    1. Asistir al centro de trabajo: 1.375 € al año (125 € x 11 meses).
    2. Asistir a cursos de formación reglada: 1.250 € al año (125 € x 10 meses).
  • Adaptación de vehículos a motor: 1.000 €
  • Adquisición de ayudas técnicas (productos de apoyo):
    1. Adquisición de comunicadores: 1.000 €
    2. Adquisición audífonos (mayores de 16 años): 1.000 € por cada uno.
    3. Adquisición sistema de alarma para viviendas para personas sordas: 900 €.
    4. Adquisición productos de apoyo (no contemplados por el sistema sanitario) como camas articuladas, colchones antiescaras, elevadores de bañera … 1.350 €.

PLAZO

El plazo para la presentación de solicitudes será hasta el 20 de abril de 2015. Las propuestas de concesión se efectuarán hasta agotar los créditos disponibles.

IMPORTANTE: Se tendrá en cuenta el orden cronológico de entrada de las solicitudes.

REQUISITOS GENERALES

  • Ser español ó extranjero en los términos contemplados en el Art. 10.2 de la Ley 11/2003, de 27 de Marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
  • Estar empadronado en la Comunidad de Madrid.
  • Tener reconocido un grado de discapacidad de al menos un 33 %.
  • Que la Discapacidad reconocida esté relacionada con la ayuda solicitada.
  • No tener más de 65 años a 31 de diciembre de 2015.
  • Acreditar situación de dificultad o vulnerabilidad social (Anexo 5)
  • Cuando se trate de personas, con discapacidad, mayores de edad, haber tenido ingresos personales brutos en el penúltimo año anterior (2013) que no supere la cantidad de: 11.182,71 €.
  • Cuando se trate de personas con discapacidad menor de edad o casada, o en unión de hecho, haber tenido ingresos de la unidad familiar brutos en el penúltimo año anterior (20125 que no supere la cantidad de: 18.637,85 €.
  • No tener deudas con la Comunidad de Madrid y estar al corriente en las obligaciones tributarias y de la seguridad social.

REQUISITOS SEGÚN TIPO DE AYUDA SOLICITADA:

  • Ayudas a la movilidad para desplazamientos en taxi:
    1. Los desplazamientos se realizarán exclusivamente dentro de Comunidad de Madrid.
    2. Tener reconocido en el certificado de discapacidad baremo de movilidad positivo.
    3. No tener reconocido beneficio para transporte en taxi por convenio laboral, beca o cualquier otra ayuda reglamentada.
    4. No disponer de plaza pública en la Red de Centros de Atención a Personas con Discapacidad.
    5. No haber recibido ayuda para la adquisición y/o adaptación de vehículo en los 5 años anteriores.
  • Ayudas para la adaptación de vehículo:
    1. Imposibilidad para acceder a transporte público (baremo de movilidad positivo), ser titular del vehículo y estar en posesión de permiso de conducir que indique la adaptación que precise.
    2. No haber percibido la misma ayuda en los 7 años anteriores.
  • Adquisición de ayudas técnicas (productos de apoyo):
    1. No haber percibido dicha ayuda en los 5 años anteriores.

TRAMITACIÓN:

  • Se presentarán en el Registro y Oficina de Atención al Ciudadano de la Consejería de Asuntos Sociales, situada en la C/ O’Donnell 50.
  • Registros de Comunidad de Madrid, Administración General o entidades locales que tengan firmado convenio de “Ventanilla Única”. (012).

DOCUMENTACIÓN

  • Solicitud.
  • Fotocopia del DNI compulsada o autorización para su consulta.
  • Certificado o volante de empadronamiento de la unidad familiar.
  • Justificantes de los ingresos económicos correspondientes al penúltimo ejercicio anterior (2013) o autorización para su consulta (Anexo 4).
  • Presupuesto del año 2015 del coste de la acción para la que se solicita la ayuda (excepto para ayuda taxi).
  • Fotocopia de los datos bancarios (Nº Cuenta).
  • Anexo 2 (Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para la solicitud de ayudas).
  • Anexo 5.
  • Para ayudas para taxi: copia compulsada de contrato laboral o documento acreditativo de matriculación en formación reglada, y acreditación de no tener reconocida dicha ayuda por convenio colectivo, beca o cualquier otra ayuda reglamentada.

PAGO Y JUSTIFICACION

El pago de las ayudas se realizará en un pago único anticipado.

Los beneficiarios están obligados a justificar la cantidad recibida, aportando las facturas originales de la realización del gasto efectuado por la acción para las que se le concedió la ayuda. Presentando está documentación en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, situada en la C/ O’Donnell 50.

Se presentará dicha justificación con el plazo de un mes a contar desde la fecha en la que el interesado haya recibido la cantidad concedida, exceptuando la ayuda para taxis (15 Enero de 2016) dónde se presentarán los recibos debidamente cumplimentados.

Para obtener información más detallada, como son las bases de la convocatoria al completo y los documentos necesarios para la tramitación de la solicitud, podéis consultar el siguiente enlace: http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_ConvocaPrestac_FA&cid=1354417664885&definicion=AyudaBecaSubvenciones&idConsejeria=1109266187278&idListConsj=1109265444710&language=es&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&sm=1109265843990&tipoServicio=CM_ConvocaPrestac_FA

Esperando que la información resulte de utilidad, me despido.

No dudéis en consultarme si requerís de cualquier tipo de aclaración.

Un abrazo y feliz jueves…. Ah!! Y felicidades a todos los papás, Josés, Josefas… ;D

Miguel Delgado.

Trabajador Social.

@migueld1981

Fuente de la imagen: http://www.apaiesmirasierra.org/local/cache-vignettes/L150xH150/arton407-e22f8.jpg

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